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Boletín informativo 4/2020

Poder notarial para el futuro: una nueva ley vigente en Suecia desde hace 3 años

Hace tres años, Suecia promulgó una nueva ley sobre los poderes notariales para el futuro. Un poder notarial para el futuro es un poder que una persona (el poderdante) otorga a una persona física (el apoderado) para que represente al poderdante en los casos en que este, debido a una enfermedad, trastorno mental, estado de salud debilitado o similar, ya no pueda ocuparse de sus asuntos económicos y personales de forma permanente.

Requisitos para otorgar un poder notarial para el futuro

• El poderdante debe tener 18 años cumplidos para poder otorgar un poder notarial para el futuro

• El poder debe constar por escrito

• La firma debe ser atestiguada por dos testigos que deben estar presentes cuando se firme el poder

• Un poder notarial para el futuro no puede ser irrevocable

• Solo debería ser válido en Suecia, aunque no se desprenda del texto legal que así sea

Es el apoderado quien determina cuándo debe entrar en vigor el poder. El poderdante puede estipular en el poder que se designe a un revisor. Este deberá examinar la actividad del apoderado. El revisor puede exigir una rendición de cuentas al apoderado.

Una vez otorgado un poder notarial para el futuro, la persona puede elegir quién la representará. Si no se ha otorgado un poder notarial para el futuro, las autoridades pueden designar a un tutor que se encargue de la administración del enfermo en los casos en que este no pueda valerse por sí mismo. La ventaja de un poder notarial para el futuro es que la persona puede decidir quién administrará sus bienes. El enfermo no puede ejercer ningún control sobre un tutor.

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