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Ayudas al alquiler en Andalucía

El Gobierno andaluz ha decidido conceder ayudas al alquiler para empresarios autónomos que cumplan ciertos requisitos que se detallan a continuación. El importe de la ayuda es de 900 €. Para los empresarios del sector de actividades nocturnas e infantiles, la ayuda al alquiler es de 1.200 €.

La ayuda está destinada a cubrir los gastos de alquiler del local donde se desarrolla la actividad.

Requisitos

  • Que la actividad se desarrolle con domicilio en Andalucía.
  • • Estar dado de alta en la Seguridad Social como muy tarde el 14 de marzo, fecha en la que se declaró el estado de alarma, y estar registrado al menos 4 meses desde la fecha de solicitud de la ayuda.
  • • Que la base imponible de 2019 no supere los 41 357,74 euros para tributación individual o 52 637,13 para tributación conjunta.
  • • Los autónomos societarios no pueden solicitar la ayuda.
  • • Que el empresario sea arrendatario del local o nave donde desarrolle su actividad y que la fianza depositada se haya depositado en la Junta de Andalucía.
  • • No se concederá la ayuda si el empresario desarrolla su actividad en un espacio que forma parte de su vivienda.

Otros

Las solicitudes solo pueden realizarse de forma electrónica y la resolución sobre la concesión o denegación de la ayuda puede tardar hasta dos meses. El solicitante deberá firmar un documento que certifique que cumple los requisitos para la ayuda, especialmente el requisito de que el depósito esté depositado en la Junta de Andalucía. La ayuda concedida se ingresará en la cuenta bancaria del solicitante.

¡En Global estamos de vuelta en la oficina! No obstante, rogamos a todos los visitantes que sigan cumpliendo las directrices del Gobierno. Utilicen mascarilla cuando estén en la oficina, mantengan la distancia y tengan una buena higiene de manos. Esto es por su seguridad y la nuestra.

Si desean ayuda con alguno de los puntos mencionados, envíenos un correo electrónico.