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Requisito de prueba PCR negativa en España a partir del 23/11

La Junta de Andalucía ha anunciado que existen nuevas subvenciones disponibles.

La fecha límite de solicitud es el 28 de noviembre. El tiempo de tramitación es de aproximadamente 2 meses. Resumen:

  • Los solicitantes pueden ser autónomos (empresas individuales) y pequeñas empresas, sociedades limitadas, con actividades en, por ejemplo, restaurantes/cafeterías, taxis, peluquerías, comercio. Para más información, consulte el ANEXO adjunto, donde se indican las actividades que pueden optar a la subvención. Si no está seguro, envíe un correo electrónico a su persona de contacto en Global Accounting. Los autónomos que gestionan SL no tienen derecho a las subvenciones.
  • Importe de la subvención:
    – Subvención a autónomos para cubrir el alquiler del local 1.200 € (4.000 € para los que tienen actividad nocturna).
    – Subvención a autónomos para la actividad ordinaria 1.000 €.
    – Subvención a pequeñas empresas para cubrir el alquiler 1.000 €.
    – La subvención no se puede solicitar si ha recibido una subvención por cese de actividad después de junio de 2020.
  • Requisitos y condiciones:
    – El solicitante no debe tener deudas tributarias ni deudas con la Seguridad Social.
    – La actividad debe estar activa durante al menos 3 meses a partir de la recepción de la subvención.
    – Actividad en restaurante/cafetería, taxi, peluquería y comercio, alquiler de corta duración, etc. Consulte a continuación la lista detallada (ANEXO).